Por Dr. Fernando Caudevilla
Segunda y última entrega de este artículo. Puedes leer la primera parte aquí.
Hay una gran cantidad de datos con animales de experimentación que han utilizado THC (el cannabinoide sobre el que existe más experiencia, administrado por vía oral, intravenosa o directamente a través del cerebro y la médula espinal), además de otros derivados como el Δ8-THC-oic (O-1057), un análogo sintético hidrosoluble del THC, algunos agonistas del receptor cannabinoide (CP55,940, WIN-55,212) y los cannabinoides endógenos como la anandamida y el 2-araquidonilglicerol. Una propiedad interesante de los cannabinoides es que, al utilizarlos en combinación con opiáceos, hacen que la acción de estos se potencie y las dosis necesarias de estos últimos sean menores. Por ejemplo, en un ensayo clínico aleatorizado sobre 30 pacientes con dolor crónico de origen no tumoral que se encontraban en tratamiento con morfina o fentanilo, la adición de 10 mg de dronabinol (THC sintético por vía oral) demostró mejores resultados en el alivio del dolor. Los opiáceos son excelentes analgésicos pero tienen efectos adversos importantes, por lo que su uso sinérgico con cannabinoides constituye una estrategia muy interesante. La nabilona también ha sido objeto de ensayos clínicos en relación con el dolor, mostrando eficacia sobre todo en pacientes con dolor derivado de distintos tipos de cáncer.
También existen suficientes ensayos clínicos en los que se han ensayado distintos cannabinoides (THC oral, nabilona, spray de THC/CBD) en el tratamiento de distintas variedades de dolor neuropático. Existen datos bien documentados en pacientes que padecen esclerosis múltiple, lesiones medulares o de nervios periféricos, ciática secundaria a cirugía o neuralgia del trigémino entre otras enfermedades. En ensayos clínicos diseñados con suficientes estándares de calidad y controlados con placebo se ha demostrado la eficacia de los cannabinoides en el alivio del dolor.
Como todos los fármacos, los cannabinoides tienen su propio perfil de efectos adversos. El mareo, la sedación y la somnolencia son los más frecuentemente comunicados y en la mayoría de los casos no hacen necesario interrumpir el tratamiento, ya que, con el paso de unas pocas semanas se genera tolerancia farmacológica a estos efectos.Aun así, una minoría de pacientes no tolera el tratamiento como consecuencia de los efectos negativos. En este sentido, una cuestión de importancia son los efectos psicológicos del cannabis. Las características del estado modificado de consciencia que induce el cannabis suelen incluir un estado de euforia que, en algunas ocasiones, puede resultar positiva para manejar los componentes emocionales asociados al dolor crónico. Sin embargo, para otras personas estos efectos psicodélicos pueden manifestarse como ansiedad, angustia, preocupaciones o focalización del dolor. Este tipo de reacciones son imprevisibles, dependen de características de personalidad y en general hacen necesario suspender el tratamiento.
Como sucede en todas las ocasiones, el hecho de que los cannabinoides sean eficaces para el tratamiento del dolor neuropático no indica que sean la mejor ni la única opción disponible, sino una herramienta más que debe ser indicada de forma personalizada. Desde un punto de vista estrictamente farmacológico (en el que se busca que los fármacos sean lo más específicos posibles en cuanto a sus efectos) lo ideal sería contar con cannabinoides que tuvieran efectos analgésicos sin psicoactividad. En este sentido existen experimentos con un cannabinoide que cumple estas características llamado CT-3 o acidoajulémico, que es un análogo sintético de un metabolito del THC, que posee efectos contra el dolor sin efectos psicoactivos y que parece ser un fármaco prometedor en este sentido.
Con respecto al cannabis fumado, como viene siendo habitual los ensayos clínicos son mucho más escasos, de pequeño tamaño, con pocos pacientes y escaso tiempo de seguimiento. Pero existe al menos un ensayo clínico en el que se ha ensayado la eficacia del cannabis fumado sobre 23 pacientes con dolor neuropático postraumático o postquirúrgico. En el estudio se administró durante un periodo de 14 días 3 tomas diarias de cannabis de distintas potencias (0%, 2.5%, 6% y 9.4% de THC). De todas las preparaciones, la de 9.4% fue la única que demostró eficacia en el alivio del dolor, medido según escalas internacionales aceptadas. La calidad del sueño fue otro factor que mejoró significativamente con la administración de cannabis.
La mayoría de los protocolos y consensos internacionales para el tratamiento farmacológico del dolor no incluyen a los cannabinoides entre los fármacos indicados para el manejo de este problema. Es cierto que la mayoría de los ensayos y estudios son relativamente nuevos, como también lo son los prejucios y temores irracionales de gran parte de la clase médica hacia el uso terapéutico de los derivados del cáñamo. Distintos estudios muestran que una proporción significativa de pacientes automedican su dolor utilizando hachís o marihuana. Y existen suficientes datos científicos (tanto prodecentes de investigación básica, en cultivos celulares o animales de experimentación, como en ensayos clínicos y series de casos) como para sostener sin ningún tipo de duda que el uso de cannabis puede ser una herramienta eficaz en el manejo del dolor, sobre todo en el subtipo de dolor neuropático. Teniendo en cuenta que el abordaje farmacológico de estos pacientes es insuficiente con las herramientas disponibles en la actualidad, es importante facilitar las investigaciones que permitan averiguar qué tipo de pacientes y patologías son las más susceptibles de mejorar mediante la administración de cannabinoides.
Por otra parte debería facilitarse el acceso a los pacientes a aquellos fármacos que tienen eficacia demostrada en ensayos clínicos. Resulta absurdo que en Canadá el spray de cannabinoides para administración sublingual pueda administrarse como tratamiento del dolor en esclerosis múltiple, mientras que en España la indicación del producto sólo es la de rigidez muscular.
Lo mismo puede decirse del cannabis fumado o vaporizado, sobre el que existen suficientes datos para considerar su uso terapéutico en este sentido. Si nadie lo remedia (y al cierre de este artículo nadie parece dispuesto a hacerlo) la nueva Ley de Seguridad Ciudadana contempla una multa mínima de 600 euros por tenencia de cannabis independientemente de cual sea el uso al que vaya destinado.
A la luz de la evidencia científica sólo puede defenderse poniendo por delante los prejuicios de una moralina caduca frente a los derechos de las personas.