Por Guillermo Veira
Gobierno y Corte Suprema chilena coinciden en su respaldo a la regulación.
No estamos acostumbrados a que en el continente americano los tribunales de justicia sean uno de los baluartes de la regulación de la marihuana, pero a este paso más nos vale acostumbrarnos. A finales de octubre de 2015 la Suprema Corte de la Nación mexicana resolvió permitir a un colectivo el cultivo, transporte y consumo de marihuana, una resolución pionera en el país. Un hecho que en Chile ya no extraña tanto, y es que desde hace años la Corte Suprema de Justicia de Chile, máximo órgano jurisdiccional del país, se ha convertido en uno de los mayores impulsores, y defensores, de una nueva regulación responsable con los consumidores. Una corriente a la que el pasado mes de diciembre se apuntó el gobierno de la presidenta socialista Michelle Bachelet, aprobando por decreto la regulación de la producción, la distribución y el consumo de la marihuana con fines terapéuticos. Una historia que todavía no tiene final feliz ya que el congreso continúa bloqueando la reforma de la ley de drogas actual. Con todo Chile se acerca cada vez más a la estela dejada por Uruguay en política de drogas y va abandonando poco a poco la corriente prohibicionista.
Ley 20000
El 2 de febrero de 2005 se promulgó, con Ricardo Lagos como presidente, la todavía vigente Ley de Drogas (la ley de la República número 20.000). Una ley que se quiso vender como un paso hacia la regulación pero que acabó siendo una herramienta mucho más efectiva para la persecución y criminalización del consumidor que su predecesora. Si bien la nueva ley rebajaba las penas para la posesión y el tráfico fue justamente esa misma rebaja la que permitió aplicar penas cárcel a consumidores y micronarcotraficantes que anteriormente escapaban a sentencias totalmente injustificadas. La consecuencia: el número de encarcelados por delitos de drogas ha aumentado considerablemente desde su aplicación. Según la ley: “No está penado ni con cárcel ni con multa el consumo personal, exclusivo, en privado y próximo en el tiempo de drogas psicotrópicas o estupefacientes”. La ambigüedad de este artículo ha permitido que la aplicación de la ley dependa de cada juez instructor y en la mayoría de los casos esa ambigüedad se ha dirigido hacia la tendencia mundial de los últimos cuarenta años: criminalización del consumidor. A partir de 2011 esa ambigüedad cambió su tendencia. Ese año la Corte Suprema de Justicia de Chile realizó dos fallos históricos: absolvió a una persona enferma de artrosis que cultivaba marihuana en su propia casa con fines medicinales y permitió a la empresa Agrofuturo continuar con las labores para cultivar marihuana con fines terapéuticos en la región sureña de Biobío.
Agrofuturo
El 31 de enero de 2011 el Servicio Agrícola y Ganadero de Chile (SAG) autorizó la instalación de una granja de la empresa Agrofuturo para la siembra, cultivo y cosecha de cannabis sativa con fines medicinales. El proyecto contemplaba la importación de semillas desde Holanda, de 11 variedades distintas, para comenzar un cultivo experimental en un área de 100 metros cuadrados. Al mes siguiente el SAG tuvo que dar marcha atrás debido al alud de críticas recibidas. En octubre de ese mismo año la Corte Suprema anuló esta cancelación dando el pistoletazo de salida para nuevas iniciativas. Este pasado 1 de diciembre se cerró el ciclo cuando el gobierno autorizó mediante decreto la venta de medicamentos a base de cannabis. Actualmente se espera el segundo megacultivo medicinal del país. La Fundación Daya tiene la autorización y espera una producción de alrededor de 6.500 plantas. Nicanor Cuevas, director regional del SAG destacó también el aporte a la investigación de este nuevo emprendimiento: “Lo que considera este proyecto es la producción de la cannabis para posteriormente producir un fito fármaco que va a ser probado en hospitales públicos para evaluar el efecto sobre tres enfermedades: esclerosis, cáncer y mitigación del dolor”.
¿Autocultivo?
Con este decreto recién aprobado y varios proyectos de producción de cannabis en desarrollo el foco queda en la regulación referente al autocultivo y la posesión. Sobre este punto de nuevo es la Corte Suprema la que insiste en una postura reformista del actual código legislativo. Durante el 2015 el máximo órgano de justicia chileno volvió a manifestarse a favor del autocultivo revocando dos sentencias condenatorias por supuesto delito de “siembra de cannabis”. En un fragmento del dictamen señalaba: “Aún cuando se ha demostrado que la acusada Jendery Karina Agullo Escobar, careciendo de la debida autorización, poseía especies vegetales vivas del género cannabis, no se acreditó que tales acciones tengan por objeto realizar alguna de las restantes conductas que la Ley 20.000 proscribe por ser lesivas del bien jurídico protegido por ella”. Mientras tanto la reforma de la ley de drogas sigue dormida en el congreso, una reforma que parece tardará en llegar ya que este mismo enero otra vez la Corte Suprema remitió un informe al presidente de la Cámara de Diputados desestimando varias modificaciones reflejadas en la última moción de la sala en relación a esta reforma.
Lento pero decidido camina este nuevo marco legal para las drogas en Chile, un camino que al igual que el que recién inicia México viene alentado por la más alta autoridad de justicia del país, aunque cueste creerlo.