Arnau Alcaide
El pasado 1 de octubre, la Gazzeta Ufficciale de Italia, su Boletín Oficial del Estado que recoge la publicación de las leyes, presentaba la enmienda a su ley de narcóticos que incluirá el CBD como una molécula estupefaciente sujeta al control de las sustancias para uso médico, lejos de la consideración herbal o como alimento por la que se aboga en el sector.
El ya perseguido sector del cáñamo en Italia ve cómo otro golpe continúa la ilegalización espoleada por el antiguo vice primer ministro ultraderechista Mateo Salvini, de la Liga Norte. La Suprema Corte había determinado que la venta de derivados del cáñamo no estaba permitida, pues la excepción para su cultivo solamente estaba destinada a los usos industriales, y ahora el planteamiento ha sido recogido en un decreto ley.
El uso de más valor del cultivo
La comercialización del CBD y sus derivados, que tiene como marco una ley de 2016 para facilitar el cultivo del cáñamo, se ha seguido produciendo con algunas incautaciones, pero esta nueva enmienda que hace referencia a la ley 309 del 9 de octubre de 1990, termina de ilegalizar, con matices, el uso de más valor del cultivo.
En contraste con el estándar de la Unión Europea y de los convenios internacionales, establecido en el 0.2% de THC en plantas de Cannabis para que no se consideren sujetas a los acuerdos de fiscalización, de control sobre drogas, el límite italiano admite bajo el mismo principio hasta un 0.5%. Esto se dio pensando en una perspectiva más realista de las posibilidades del cáñamo.
El amparo legal que se creó para la comercialización de derivados del cáñamo llevó a la protesta de partido de Salvini en pos de la Salud Pública, que terminó recibiendo la razón de parte de su Tribunal Supremo de Justicia. Este especificó que no era legal su venta en mayo de 2019, venta que, como se hace en España, se practica bajo el etiquetado de aromático, souvenir o cosmético. Así, se dio pie a que se pudiese perseguir al sector como se pedía desde la bancada conservadora. La resolución jurídica se ve implementada legalmente ahora con el decreto ley.
La venta de flores podría no verse afectada
Resta la pregunta de si la comercialización de flores de cáñamo, extendida por el país en máquinas expendedoras u otros establecimientos, será también finiquitada junto a los extractos que utilizaba hasta ahora parte del usuariado medicinal a modo de preparado herbal en condiciones de seguridad legal.
En principio, aunque su transformación pueda ser considerada narcótica, no en sí la planta por debajo del 0.2% de THC, por lo que la venta de inflorescencias, dejando de apelar al CBD, podría seguir siendo legal. Lo que pasa a ser narcótico es la “composición para suministración por vía oral del cannabidiol proveniente de extracto de Cannabis». Esto también podría dejar fuera los extractos para usos cosméticos, aromáticos o de coleccionismo, pues no están pensados para ser administrados por vía oral, pero en cualquier caso quedan sumergidos en la inseguridad jurídica.
La decisión es contraria a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud que pidieron que, en ausencia de THC, no se ejerciese control ni supervisión propia de un narcótico con el CBD. Además de rebajar la peligrosidad del cannabis a la más baja, cuando contiene THC. La Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas tiene pendiente aceptar o no estas recomendaciones en su próxima sesión el 2 de diciembre, que podría sentar un punto de inflexión en la legislación internacional.