Cerrar
La tenencia se queda fuera del acuerdo de Gobierno para la Ley Mordaza

La tenencia se queda fuera del acuerdo de Gobierno para la Ley Mordaza

Arnau Alcaide

Las enmiendas consensuadas entre los dos partidos del Gobierno, pendientes de ser llevadas a votación en el Congreso y en el que necesitarán los apoyos de los partidos del bloque de investidura, modifican la redacción de la Ley Mordaza en el apartado de sanciones graves para dejar solamente el consumo, y no la tenencia, de sustancias ilícitas. Esto implicaría que las multas desde 600 a 10.400€ dejarían de poder producirse por la mera posesión de drogas. Cannabis.es accede al acuerdo.

El conjunto de 51 enmiendas acordadas, de resolverse tal y como está, dejaría de tipificar la tenencia; poseer drogas no sería sancionable. Pero es de esperar que o el PSOE o Unidas Podemos van a lograr introducir en solitario su propia visión de la infracción como leve, pues la formación morada quiere que sea una multa leve solo la tenencia de sustancias que «causan grave daño a la salud«, que según la legislación vigente son la cocaína, la heroína, la morfina, la metadona, el LSD, las anfetaminas y sus derivados, como el MDMA y el éxtasis, mientras que el PSOE quiere el cannabis en la lista de infracciones leves.

La tenencia progresará como leve, también de cannabis, añadió más tarde en el Congreso Juan Moreno de IU.

El consumo sigue siendo «grave» y la tenencia queda sin tipificar

Aunque se revisa la tenencia, se mantiene para el consumo en la vía pública. Un avance, no obstante, para al menos ser menos reprimido por trasladar lo que se supone que sí eres libre de consumir en privado. «El consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares». El mejor escenario, paradójicamente, es que no se apruebe ninguna enmienda sobre tenencia más allá de este acuerdo, ni la del PSOE ni la de PODEMOS, y la tenencia quede sin tipificar y por lo tanto sin ser ilegal.

Los ayuntamientos podrán sancionar el autocultivo hasta 10.400€, no la posesión

Esta enmienda dotaría al artículo 32 de la Ley Mordaza de nuevas competencias municipales en materia de sanciones graves. «Los alcaldes serán competentes para imponer las sanciones» a «la ejecución de actos de plantación y cultivo ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público, cuando no sean constitutivos de infracción penal». También se les dota de la posibilidad de reglamentar «especificaciones o graduaciones». No se posibilita, no obstante, a sancionar la tenencia, cuestión con la que muchos ayuntamientos ya han abusado.

Podemos sí que presentará en solitario una enmienda para que no se pueda sancionar el autocultivo hasta 10.400€, pero esta no está consensuada con el PSOE y podría por lo tanto no recibir los apoyos: «No parece razonable la sanción de la mera tenencia en un domicilio privado de plantas o similares de algún tipo de sustancia, en especial de marihuana o sucedáneas, que es la razón por la que se impuso esta norma en el año 2015. A la ya difícil circunstancia de probar que dentro de un domicilio privado se encuentra una planta con capacidad psicoactiva, se suma la nueva realidad ligada al cannabis, en la que nuevos derivados como el CBD hacen de las plantas inocuas y sin carácter psicoactivo, además del cáñamo para uso industrial, por lo que la sanción por la exposición de terrazas o balcones de una planta de la que no es posible conocer con certeza si tiene o no capacidad psicoactiva aparece como desproporcionada y sin justificación», reza la enmienda.

Bares y locales no serán responsables si alguien consume por su propia cuenta

Dejará de ser una infracción grave para los responsables de locales y bares en los que pueda ocurrir un acto sancionable de consumo, para pasar a ser responsabilidad de la persona que lo comete en exclusiva, no incurriendo responsables de locales en ninguna falta. No era justo convertir a camareros en policías de la moral con la amenaza de una sanción grave.

Multas adaptadas a la renta: entre la mitad y un cuarto, según el tramo

La «capacidad económica del infractor» es una «circunstancia» que debe ser «tenida en cuenta para la individualización de la multa aunque resulte de difícil aplicación», un criterio que ya existía en la filosofía de la redacción, pero no en la práctica. Para aquellas personas que acrediten percibir un salario de hasta 1.5 veces el Salario Mínimo Interprofesional, la reducción será del 50%, mientras que para aquellas personas que acrediten percibir un salario de entre 1.5 y 2.5 veces el Salario Mínimo Interprofesional la reducción será del 25%. Se trata así de evitar una tasa fija que suponga una losa para algunas y un chiste para otros, sino un castigo acorde a la gravedad de la infracción. Esto no es novedoso y ya está en práctica en países como Finlandia o Suecia.

Sigue bonificado con un 50% renunciar al derecho a recurrir en 15 días

El prontopago o pago voluntario de las sanciones seguirá bonificado con el 50%, la mitad de la cuantía, incentivando a no ejercer recursos contra las multas; muchas, como las de tenencia que aplican los ayuntamientos sin protocolo específico, que deberían ser directamente nulas.

Cacheos: se habla de ellos, pero todo sigue igual

Se añaden matices, como la no discriminación, pero en la práctica queda a discrecionalidad policial, que sabemos que se guía por prejuicios; eso sí, deberá dar parte por escrito para que quede recogido y accesible ante cualquier denuncia o investigación.

Los tutores de menores dejan de tener que pagar las multas

No tendrán ya que hacer frente a las multas en general por obligación legal, y estas tendrán en cuenta la condición de menor para la cuantía o las alternativas a la sanción económica. Además, con los menores se fomentará la mediación en una especie de lección de comportamiento y se asegurará que pueden optar a los programas de adicciones conocidos como quitamultas. Podemos en solitario propondrá una enmienda para que las personas adultas también puedan sustituir sus sanciones por consumo o tenencia por cursos de adicciones.

Efecto retroactivo de las enmiendas si resulta beneficioso

Solo en el caso de ser beneficioso para el infractor, se podrá acoger a los criterios establecidos en esta ley para las sanciones que hayan ocurrido previamente a su aplicación efectiva.

Cerrar

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información

ACEPTAR
Aviso de cookies
¿Eres mayor de edad? Este sitio web requiere que tengas 18 años de edad o más. Verifique su edad para ver el contenido.